
El gobernador Hugo Passalacqua prorrogó medidas de alivio fiscal para profesionales y el sector industrial misionero
Las medidas dispuestas se enmarcan en un esquema de alivio fiscal
La prórroga incluye la continuidad de la bonificación del 30% en Ingresos Brutos para profesionales, la suspensión del régimen de autorretención y el mantenimiento de la reducción del pago a cuenta de Ingresos Brutos para el sector industrial._
El gobernador de la provincia, Hugo Passalacqua, informó a través de sus redes sociales que, con el objetivo de continuar acompañando la actividad económica y aliviar la carga tributaria de los distintos sectores productivos de la provincia, la Agencia Tributaria Misiones (ATM) dispuso la continuidad hasta abril de 2026 inclusive de una serie de medidas de alivio fiscal.
Entre ellas, se extiende la bonificación del treinta por ciento (30 %) en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sin tope por ingresos brutos totales ni por operación, aplicable a los profesionales de toda la provincia, cualquiera sea su actividad específica, siempre que desarrollen su labor dentro del territorio misionero.
La medida se lleva adelante en el marco del trabajo conjunto con la Federación de Colegios y Consejos Profesionales de Misiones (FeCCoProMi) y el Colegio de Abogados de la provincia, y alcanza a profesionales matriculados cuyas actividades sean realizadas por personas humanas, entre ellas: servicios jurídicos, notariales y de ciencias económicas; médicos, odontólogos, bioquímicos, farmacéuticos, kinesiólogos y otras disciplinas de la salud; arquitectos, ingenieros, agrimensores, forestales y agrónomos; veterinarios; guías de turismo, psicólogos, trabajadores sociales, entre otros.
Asimismo, con el fin de continuar facilitando el ejercicio profesional de los letrados, se prorroga hasta el 30 de abril de 2026 la suspensión de la aplicación del artículo 9 de la Resolución General N.º 18/10, referido al régimen de autorretención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por lo que durante el período indicado no resulta exigible la obligación de practicar dicha autorretención.
Las medidas dispuestas se enmarcan en un esquema de alivio fiscal destinado a los profesionales que se encuentren en regla y colegiados conforme a las leyes que regulan la matrícula. Cabe destacar que este régimen fue aplicado inicialmente en septiembre pasado, con vigencia hasta fines de 2025, y que ahora se amplía su alcance y plazo de aplicación hasta abril de 2026
Finalmente, como política de estímulo y sostenimiento de la actividad industrial, se mantiene la reducción del pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes industriales comprendidos en el Convenio Multilateral, fijada en uno con cincuenta por ciento (1,50 %) sobre la base imponible correspondiente a los anticipos del impuesto.