
El Iprodha reglamentó un procedimiento para garantizar la vivienda a familias monoparentales tras una separación
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Se creó un procedimiento administrativo específico para los casos de separación de parejas adjudicatarias de viviendas del organismo, con el objetivo de garantizar la continuidad habitacional de quien queda a cargo del cuidado de los hijos menores
El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) de Misiones aprobó la Resolución Reglamentaria N° 00242/26, mediante la cual creó un procedimiento administrativo específico para los casos de separación de parejas adjudicatarias de viviendas del organismo, con el objetivo de garantizar la continuidad habitacional de quien queda a cargo del cuidado de los hijos menores.
La norma, fechada el 10 de agosto y aprobada por Acta N° 32 del Directorio del Instituto, denominó a este mecanismo “Procedimiento Administrativo Especial de Readjudicación y Sostenimiento Habitacional”.
Según establece el artículo 2° de la resolución, el procedimiento se aplica a todas las configuraciones familiares, sin distinción de género u orientación sexual, siempre que se acredite la presencia de menores a cargo en el hogar.
En sus considerandos, el IPRODHA fundamentó la medida en el artículo 3° de su ley de creación —la Ley I-N°27, antes Decreto Ley 943/78—, que establece que la finalidad del Instituto es la promoción de viviendas para las familias que habitan el territorio provincial, sin distinción de la conformación del núcleo familiar. El organismo señaló además que su Directorio tiene la facultad de fijar condiciones especiales para la protección de los adjudicatarios y adaptar sus normas a las diferentes conformaciones de los hogares.
De acuerdo al artículo 3° de la resolución, quien solicite la readjudicación deberá presentar: Nota formal por duplicado ante mesa de entrada, dirigida al presidente del Instituto, declarando que habita el inmueble en cuestión; Sentencia de divorcio o, en caso de unión de hecho, renuncia de condominio ante escribano público
Acreditación judicial de la tenencia o cuidado personal de los hijos menores; Demostración de ingresos y garantías para sostener el pago de la vivienda.
La Dirección de Trabajo de Campo, dependiente de la Gerencia Social del Instituto, será la encargada de elaborar un informe socioeconómico que confirme la residencia efectiva de los menores y de quien ejerce su cuidado en la vivienda, además de evaluar la situación socioeconómica del grupo familiar.
Una vez corroborada la información declarada, la resolución dispone una bonificación de hasta el 40% sobre la sumatoria de la cuota neta, el interés de financiación y el Fondo Solidario de Desarrollo Habitacional, por un plazo de 24 meses consecutivos, con el objetivo de facilitar la transición económica del hogar tras la separación.
La nueva persona titular podrá optar por el descuento directo por planilla de sueldos, en caso de ser agente público, o por el sistema de débito automático para el pago de las cuotas.
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